Preguntas frecuentes
01¿Cuánto tarda todo el trámite?
Depende sobre todo de reunir bien tu expediente — y en eso estamos para ayudarte en cada paso. Un dato que no coincide o un formato con un detalle pueden pedir una segunda vuelta, así que nuestro trabajo es evitarte esas idas y venidas: te damos el checklist exacto de tu caso, revisamos cada documento contigo y te mostramos el avance en tu tracker. Así el expediente queda listo lo antes posible. El tiempo de resolución y de pago, una vez enviado, lo define tu aseguradora.
02¿Cómo se calcula lo que me van a pagar?
El monto lo determina tu aseguradora conforme a tu póliza. Lo que sí puedes ver desde hoy: en tu carátula aparece la base de indemnización que contrataste — valor comercial, valor factura o valor convenido. Nosotros no intervenimos en el cálculo; te ayudamos a leer tu carátula para que sepas qué esperar, y ante cualquier duda sobre el monto, la respuesta oficial es siempre la de tu aseguradora.
03¿Me van a descontar el deducible?
El deducible es tu participación en el siniestro y, cuando aplica, se descuenta de la indemnización. Si aplica en tu caso —y en qué monto— lo determina tu aseguradora conforme a tu carátula y condiciones generales. Nosotros te ayudamos a ubicar esa información en tu póliza; cualquier duda sobre el criterio, consúltala directamente con tu aseguradora.
04¿Mi cuenta bancaria necesita algo en especial?
Tres cosas que evitan retrasos de última hora: la CLABE debe estar a tu nombre (no de un familiar), tu cuenta debe poder recibir el monto completo (algunas cuentas básicas tienen límite de depósitos — verifícalo con tu banco antes), y si envías estado de cuenta, cubre cualquier dato de tarjeta antes de mandarlo — por protección de tus datos no podemos recibir documentos que lo muestren. El pago no puede llegar a tarjetas de crédito ni cuentas de inversión.
05Perdí la factura de mi auto (o me falta un endoso de un dueño anterior)
Tiene solución, y la conocemos bien. La ruta general es un trámite judicial llamado jurisdicción voluntaria: ante un juez civil demuestras con documentos y, en su caso, testigos que el vehículo es tuyo, y su resolución te reconoce como propietario. Algunas aseguradoras aceptan rutas más cortas según el caso — qué documento acepta la tuya lo define ella, y nosotros te llevamos de la mano por la ruta que aplique.
06No tengo factura, pero la tarjeta de circulación está a mi nombre. ¿Sirve?
Por sí sola, no. La tarjeta de circulación demuestra que el vehículo está registrado para circular — no acredita quién es su propietario. La propiedad se acredita con la factura y su cadena de endosos completa. Si no tienes la factura, existe la ruta legal de la pregunta anterior; qué documentos acepta cada aseguradora lo define ella, y nosotros te decimos exactamente qué aplica en tu caso y te acompañamos a conseguirlo.
07Mi auto está financiado, ¿cómo funciona el pago?
La carátula de tu póliza declara un beneficiario preferente (tu financiera): con crédito activo, la indemnización se paga primero a ella para saldar el crédito, y tu aseguradora te informa el remanente si lo hay. Documentalmente es sencillo: presentas la copia sin valor de la factura y la financiera aporta el estatus del crédito. Si ya liquidaste, su carta de liberación te devuelve el control completo del cobro.
08Me comentaron que podría quedarme con mi auto. ¿Cómo funciona?
Esa figura se llama conservar el salvamento y, cuando existe, es tu aseguradora quien te la ofrece y te explica sus condiciones — no todas las pólizas la contemplan. Si te la ofreció y la aceptas, avísanos: tu checklist se ajusta (cambian algunos documentos y ya no se entregan llaves ni unidad). Cualquier duda sobre si aplica en tu caso, consúltala directamente con tu aseguradora.
09Fue robo: ¿qué me va a pedir la autoridad?
El corazón del expediente de robo es la carpeta de investigación certificada por el Ministerio Público — completa, con sello y firma, y con los números de serie y motor correctos (un dígito equivocado detiene todo el trámite). Si el vehículo no aparece, se suma la acreditación de propiedad ante la autoridad; si aparece, el oficio de liberación y la cancelación de búsqueda. Te decimos cómo solicitar cada uno y qué revisar antes de recogerlo.
10No tengo actividad fiscal, ¿por qué me piden una factura?
Cuando la aseguradora paga la pérdida total, la propiedad del vehículo se transmite a ella por efecto de las coberturas — y la ley fiscal exige documentar esa transmisión con una factura (CFDI), aunque no sea una venta común. Para personas sin actividad fiscal la solución es la asignación de rol: firmas una carta de consentimiento y tu aseguradora tramita ante el SAT la emisión de esa factura por tu cuenta, solo para este trámite. Nosotros preparamos todo y, si por el valor del vehículo aplica la retención de ISR que marca la ley, te avisamos con anticipación para que nada te tome por sorpresa.
11¿Y si prefiero no tramitar la asignación de rol?
Es tu decisión, y la respetamos. Lo que debes saber: la factura (CFDI) es un requisito de ley para que la aseguradora pueda completar el pago — no es una política nuestra ni de ella. Si prefieres no tramitarla, coméntalo con tu aseguradora: ella te dirá qué opciones existen en tu caso. Lo nuestro es dejarte el camino documental listo y explicarte cada paso las veces que haga falta, sin presión.
12Tengo RFC con actividad: ¿por qué refacturar y no solo endosar mi factura?
El endoso transfiere el documento; la factura nueva documenta el hecho. Cuando tienes RFC con obligación de facturar, la ley (artículo 29 del Código Fiscal) pide que la transmisión del vehículo quede amparada con un CFDI que refleje la operación real — por eso se emite una refactura a favor de la aseguradora, con el ejemplo que te compartimos para que tu contador la genere sin vueltas.
13Mi RFC está suspendido, soy jubilado o nunca me he dado de alta. ¿Qué hago?
Para emitir factura, tu RFC debe estar activo — reactivarlo o darte de alta es un trámite ante el SAT que depende de tu situación (y un dato que sorprende: desde 2022, toda persona mayor de 18 años debe estar inscrita en el RFC, aunque no tenga actividad ni obligaciones). Si no tienes actividad económica, la ruta natural es el régimen «sin obligaciones fiscales», que conecta con la asignación de rol que ya te contamos. Te orientamos en el trámite paso a paso — y la elección de tu régimen fiscal es siempre tuya: nuestra tarea es que decidas informado, nunca empujarte.
14¿Y si no estoy de acuerdo con alguna determinación de mi aseguradora?
Nuestro papel es que tu expediente esté impecable; las determinaciones sobre tu siniestro son de tu aseguradora, y tienes derechos frente a ellas. Toda aseguradora en México cuenta por ley con una UNE (Unidad Especializada de Atención a Usuarios) obligada a recibir y responder tu inconformidad, y la CONDUSEF es la autoridad ante la que puedes acudir como usuario de seguros. Si llegas a necesitarlo, te decimos exactamente a dónde dirigirte — informarte de tus derechos también es parte de acompañarte.
15¿El trámite es digital o tengo que mandar papeles?
Las dos cosas, en ese orden. Primero todo se valida en digital — fotos o PDF desde tu teléfono — y solo cuando tu expediente está completo y validado se envían, una única vez, los originales que tu aseguradora exige en físico según tu caso — típicamente la factura endosada, los formatos firmados y las llaves — con guía prepagada sin costo. Ojo con un error común: los documentos que nacen digitales (tu CSF, tu CURP, la refactura con su XML) no se imprimen para «hacerlos originales» — su versión digital ya es el original y así se entregan. Los formatos de tu aseguradora son lo contrario: van impresos y firmados a mano, con la misma tinta y sin tachones. Antes del envío te damos la lista exacta de qué va físico y qué no.